El artículo 327 de la Ley General de salud, establece: “Está prohibido el comercio de órganos, tejidos y células. La donación de éstos se regirá por programas de altruismo, ausencia de ánimo de lucro y confidencialidad, por lo que su obtención y utilización será estrictamente a título gratuito”.

De acuerdo a la Norma Oficial Mexicana para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos, para donar sangre es necesario cumplir con ciertos requisitos además de la valoración médica.

Condiciones de riesgo

-Homosexuales
-Bisexuales
-Ejercer la prostitución
-Ser compañero sexual de una persona infectada con SIDA o Hepatitis B o C
-Relaciones sexuales con más de una pareja en el último año
-Relaciones sexuales con prostitutas o parejas ocasionales en el último año
-Haber sufrido alguna violación en el último año
-Haber tenido enfermedades sexuales como sífilis, herpes genital, clamidiasis, gonorrea, tricomoniosis o virus del papiloma humano en el último año.
-Usar o haber usado drogas intravenosas
-Haber estado internado en alguna institución penal o psiquiátrica
-Haber estado en contacto con pacientes con Hepatitis en el último año
-Haber vendido sangre


Si el donador es mujer:

-No estar menstruando
-No estar embarazada
-No estar amamantando
-No tener hijos menores de 6 meses
-No haber tenido un aborto en los últimos 6 meses

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